El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Toledo ha decidido plantear una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional respecto al apartado de la ley que acuerda la suspensión de la carrera profesional de los sanitarios de la región y del decreto que regula el sistema de carrera profesional del personal estatutario sanitario de formación profesional, y del personal estatutario de gestión y servicios, del Servicio de Salud.
Así consta en la sentencia respecto al recurso contencioso administrativo presentado por la Unión de Sindicatos Independientes de Castilla-La Mancha (Usicam).
La jueza argumenta que existe un «tratamiento diferenciado» del personal sanitario de la región con el de otras comunidades autónomas, donde este derecho es «reconocido y retribuido», vulnerándose el artículo 14 de la Constitución, el Derecho Fundamental a la Igualdad. Además, destaca el «agravio comparativo» del personal sanitario de otras comunidades autónomas, que si tienen reconocido este derecho, y que cuando llegan al Sescam pierden esa «homologación».