CCOO pide modificar la Orden del Concierto Social de menores

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Según alerta el sindicato, pone en riesgo los puestos de trabajo y los salarios de las 700 personas que prestan el servicio en la región

CCOO pide modificar la Orden del Concierto Social de menores - Foto: Yolanda Lancha

La 'Orden de Concierto Social para la gestión del acogimiento residencial de menores y ejecución de medidas judiciales de Castilla-La Mancha' que publica hoy el Diario Oficial de Castilla-La Mancha pone en riesgo los puestos de trabajo y los salarios de las 700 personas que prestan el servicio en la región, alerta CCOO.

El sindicato insta al Gobierno de Castilla-La Mancha a revisar y enmendar la Orden en cuestión antes de su entrada en vigor, el próximo 1 de noviembre, para hacer constar explícitamente las obligaciones empresariales que tienen respecto a su personal las entidades gestoras de las 532 plazas objeto del Concierto.

Por un lado, el cumplimiento del convenio colectivo de aplicación -el estatal de Reforma juvenil y protección de menores- tanto en la aplicación de las tablas salariales y sus sucesivas revisiones como en el reconocimiento de todos los derechos y obligaciones que en él se recojan.

Y, por otro, la obligación de subrogación de los contratos en los casos de sucesión de empresas o entidades al frente cualquiera de los 54 hogares de atención residencial, los cuatro Centros de Primera Acogida, el Centro especializado para niños con discapacidad, y/o el centro donde los menores cumplen medidas judiciales cuyas plazas son objeto del Concierto.

La ausencia de garantía expresa de subrogación pone en riesgo la continuidad de los/as profesionales que trabajan en cualquier centro cuya gestión cambie de titular; e incide negativamente en la prestación de un Servicio Publico tan sensible como es la Protección de Menores, donde la continuidad, la experiencia personal y los lazos afectivos con los usuarios son sumamente importantes en el proceso de intervención educativa.

CCOO recalca que los costes laborales constituyen la parte fundamental del coste total de cada plaza objeto de este Concierto. Sin embargo, el Gobierno de CLM ha establecido para estas plazas un precio que ni desglosa ni justifica en forma alguna. Ni siquiera menciona qué parte de su dotación unitaria deben destinar las entidades gestoras a cumplir con sus obligaciones patronales, incumpliendo así a nuestro entender lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Publico del Estado y de obligada observancia en el Concierto Social.

El precio concertado ha contado, eso sí, "con gran consenso y buena acogida" por parte de todas las entidades que van a cobrarlo, según recalcó anteayer la consejera de Bienestar Social, Bárbara García Torijano, al presentar a los medios de comunicación un Concierto que supone "una inversión inicial de 106.740.432 euros para el período 2024-2029", "prorrogable hasta un máximo de 10 años" y "abierto a la revisión en función de los imprevistos que puedan ir surgiendo a lo largo de su período de vigencia".

La Orden publicada hoy sí detalla expresamente, en su artículo 14.4, que en todo caso "los precios del concierto social serán actualizados en relación con los costes de personal, siempre y cuando se apruebe un incremento de las retribuciones del personal al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y en su misma proporción".

A nuestro juicio, este precepto, que condiciona y liga los incrementos de los costes laborales asociados al Concierto a los que se establezcan -o no- para el personal de la JCCM es radicalmente contrario a derecho. Insistimos en que este Concierto, como cualquier otro en el Tercer Sector, debe referenciar explícitamente el precio de las plazas concertadas al convenio colectivo de aplicación, como establece la Ley de Contratos del Sector Público y como sí hacen todas las comunidades autónomas de nuestro entorno, desde Extremadura o Murcia a Andalucía y Madrid.

Tampoco entendemos acorde a derecho que el pliego técnico de la Orden establezca la categoría de 'Educador/a' como referente en la intervención directa con los menores. Esta categoría no existe en el Convenio Estatal y su introducción en la Orden de Concierto de Castilla-La Mancha supone la desregulación profesional de la figura del Educador Social, que es la definida en el convenio de referencia y que reclama una titulación especifica de grado que no se exigirá en la región, donde se abre la entrada a otros tipos de profesionales.

Esto, sumado a la inexistencia en la Orden de Concierto de Castilla-La Mancha de cláusula de mantenimiento del empleo, pone aún más en la picota en nuestra región a los actuales profesionales del sector.

CCOO dio traslado de estas consideraciones a la dirección General de Infancia y Familia con antelación a la presentación y posterior publicación de la Orden de Concierto. Se nos dijo entonces que las tendrían en cuenta y las incorporarían a la norma. Hoy hemos podido constatar en el DOCM que no ha sido así.

Lo reiteramos una vez más: hay que revisar y enmendar esa Orden antes de que entre en vigor. Seguimos abiertos al diálogo y a la colaboración en esa tarea; antes de tomar otras medidas en defensa de las personas trabajadores del Sector y sus condiciones laborales.