CSIF celebra fallo judicial que da la razón a 16 trabajadores

La Tribuna
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El sindicato CSIF ha celebrado el fallo del Juzgado de lo Social número 1 que sirve para reconocer y abonar el complemento específico a 16 trabajadores del CADIG (Centro de Atención a a Personas con Discapacidad Intelectual Grave) Guadiana

CSIF celebra fallo judicial que da la razón a 16 trabajadores

El sindicato CSIF ha celebrado el fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Ciudad Real que sirve para reconocer y abonar el complemento específico, regulado en el artículo 39 del Convenio Colectivo, a 16 trabajadores del CADIG (Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual Grave) de Ciudad Real, cuyo trabajo, según ha informado CSIF en nota de prensa, "consiste en atender y acoger en exclusiva a personas con una discapacidad intelectual grave a fin de mejorar significativamente su vida".

La sentencia, que ya es firme, avisa el sindicato, "obliga a la empresa Grupo 5 Acción y Gestión Social SAU a liquidar la deuda contraída por valor de 8,223,78 euros con sus empleados".

Los servicios jurídicos de CSIF Ciudad Real aseguran, "han demostrado, pese a la oposición de la empresa, que el Complejo Residencial Guadiana de Ciudad Real se construyó, como cualquier otro CADIG, con la exclusiva finalidad de acoger y atender directamente tanto a personas con discapacidad intelectual grave, así como a aquellas que, además, tengan trastornos de conducta, condiciones requeridas para la concesión de dicho complemento específico a los trabajadores".

Dicho complemento está recogido en el artículo 39 del Convenio Colectivo, que señala que "los trabajadores y trabajadoras de atención especializada, calificados específicamente por la Administración Pública competente para la atención a personas con discapacidad y trastornos de conducta percibirán un complemento específico de 220 euros anuales a percibir de forma proporcional a los meses efectivamente trabajados", indicó CSIF. 

Por todo ello, los 16 empleados del CADIG de Ciudad Real deberán percibir de la empresa las cantidades correspondientes, así como un 10% adicional de intereses de demora.