La Fiscalía solicita a A. O. J., P. J. C. L. y M. C. M. R. y M. C. E. M. M. una pena de tres años y medio de cárcel como socios de la mercantil Daimiel Televisión telecom SL por un delito contra la propiedad intelectual y contra el mercado y los consumidores por, presuntamente, emitir sin permiso de Mediaproducciones SL (Mediapro) la señala del canal deportivo BeIN Sports a sus socios. Se trata de un juicio que se celebrará este martes y miércoles, en la Audiencia Provincial, y en el que se reclama además el pago a Mediapro de 1.098.288 euros, la cuantía que abonarán durante cuatro años los socios de Daimiel TV, y una multa a la mercantil del duplo de ese beneficio.
Según el escrito del fiscal, desde una fecha indeterminada, pero al menos hasta octubre de 2018, Daimiel TV había venido comercializando y distribuyendo la señal de canales extranjeros árabes, concretamente el canal BeIN Sports HD 17, producido por Mediaproducción SLU, en los que se retransmitieron partidos de la Liga Española de Fútbol Profesional (Liga Santander) y de competiciones organizadas por la UEFA (Champions League y Europa League) como parte de la oferta de canales que Daimiel TV ofrecía a sus abonados, "a sabiendas que la distribución dentro del territorio español de la señal de canal BeIN Sports HD 17 en el que se retransmitían los partidos de fútbol era ilícita, sin contar con la preceptiva autorización de Mediaproducción S.LU y con la intención de obtener un beneficio económico".
De este modo, entre enero de 2014 y octubre de 2018 Daimiel TV reunió un total de al menos 1.578 clientes abonados al servicio de televisión, obteniendo en esas 58 mensualidades una cantidad de 1.098.288 euros (a razón de 12 euros mensuales por cada abonado). Para suministrar dicha señal televisiva, indica el escrito del fiscal, los acusados recibían la señal codificada a través de un receptor legal, para después manipularla técnicamente, mediante desviación y conexión a un canal prefijado con el que contarían con derechos de imagen, ya existente al que meterían la desviación de la señal del canal de pago, para ello previamente informaban a sus clientes que serían conocedores que por un canal determinado se estaría retransmitiendo los partidos de fútbol que eran emitidos por Canal BeIN Sport 17 HD, que sólo se transmite en Marruecos, sin estar permitido realizarlo en España.
"No ha quedado acreditado que los usuarios suscritos a Daimiel Televisión tuvieran conocimiento efectivo de que la señal que emitían los acusados a través de dicho canal se había hecho de manera fraudulenta, actuando con la convicción de que contrataban con un proveedor habilitado para la comercialización de dichos canales", indica el fiscal.
La Fiscalía estima que a los cuatro responsables se les debería imponer a cada uno la pena de tres años y seis meses de prisión, pero si se condena por separado los dos delitos, la pena podría aumentar a cinco años y seis meses de prisión y una multa de 34 meses.
Además reclama a la mercantil acusada Daimiel televisión la pena de 2.196.576 euros de multa, el duplo del beneficio obtenido y el cese de la actividad ilícita y a la publicación de la sentencia que en su caso recaiga en periódicos oficiales, conforme a lo dispuesto en el artículo 272 del Código Penal.
Por último se pide a los acusados que indemnicen conjunta y solidariamente como responsabilidad civil subsidiaria a Mediaproducción, SLU en la cantidad de 1.098.288 euros, así como los intereses legales previstos.