Recibirá 30.000 euros tras caerle una farola en la cabeza

Hilario L. Muñoz
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El Juzgado de lo Contencioso y Administrativo de Ciudad Real falla a favor de una vecina que iba caminando por la ronda, en diciembre de 2021, y se le cayó un brazo de luz de una fachada

Recibirá 30.000 euros tras caerle una farola en la cabeza - Foto: Rueda Villaverde

El Ayuntamiento de Ciudad Real deberá abonar casi 30.000 euros a una vecina de Ciudad Real a quien se le cayó en la cabeza una farola cuando paseaba por la zona de la ronda de Alarcos y que estuvo de baja más de un año a consecuencia del golpe. Unos hechos ocurridos el 17 de diciembre de 2021, al mediodía, y que tras plantear una reclamación al Consistorio, terminó en el juzgado contencioso-administrativo. La sentencia, firme y publicada en la web del Ayuntamiento, relata estos hechos, que concluyen que se deberán abonar 29.217,31 euros más los intereses legales desde la fecha de reclamación hasta el fallo, el pasado 5 de abril, por lesiones y secuelas, pero sin solicitar esta vecina el pago por otros gastos. 

Según el relato de la vecina, ella estaba caminando por la acera de la esquina de la calle Guadiana con calle del Azuer de Ciudad Real, «cuando de manera repentina se desprende una farola de alumbrado público instalada en la fachada de calle Guadiana, recibiendo un fuerte impacto en la cabeza y hombro izquierdo al caerle justo encima». Esto provocó que sufriera lesiones y la consiguiente baja laboral. 

En el juicio declaró la propietaria de una vivienda cercana donde explicó que salió de su vivienda y vio a la mujer, apoyada en la pared, tras recibir el golpe, y fue una patrulla de la Policía Local y otra de la Policía Nacional las que atendieron a la mujer en el momento al ver lo que había ocurrido. También habló el médico que la atendió y que relató que la víctima sufrió un traumatismo craneoencefálico y cervical debido a que se le cayó «un objeto muy pesado». Hasta el 18 de enero de 2023, no se había alcanzado la estabilización y se le dio de alta, por lo que estuvo trece meses sin trabajar. 

Por parte del Ayuntamiento y de la aseguradora se alegó que en los días previos hubo viento que pudo provocar la caída del alumbrado, en concreto se apuntó a rachas de 63 kilómetros por hora, aunque la sentencia recuerda que el día del accidente hizo sol. También se dijo que la fachada del inmueble pudiera estar realizada de material con poca consistencia, a lo que el juez responde que no se habían constatado «incidencias anteriores en ese punto de luz» e, igualmente, no se habían apreciado «defectos en dicha instalación ni el riesgo de caída». 

«Queda acreditado que sufrió las lesiones por las cuales reclama, se trata de una persona que iba caminando y de pronto se vio sorprendida y resultó lesionada a consecuencia del alumbrado público». En este punto, además el tribunal recuerda que la mujer «iba correctamente por la calle», por lo que finalmente se le da la razón ante este incidente.