Con todo el revuelo formado por el recurso que ha presentado Madrid contra el Plan de Tajo, la Confederación Hidrográfica ha decidido contestar a Díaz Ayuso. Lo ha hecho con un comunicado que ha enviado a última hora de la tarde, aclarando que el vigente Plan de Cuenca no modifica el volumen concesional existente para el abastecimiento a las poblaciones de la Comunidad de Madrid adscritas al Canal de Isabel II, ni afecta a la garantía del mismo. Aclaran que el recurso data del mes de octubre y que la Abogacía General del Estado ya emitió respuesta en plazo.
El recurso alude básicamente a tres aspectos específicos del Plan: el régimen de caudales ambientales; la necesidad de autorización para realizar trasvases de agua entre embalses de distintos sistemas de explotación en la cuenca, y las condiciones de calidad exigidas a los vertidos depurados de aguas residuales antes de su incorporación a los cauces.
Explican que, con respecto a la implantación del régimen de caudales ecológicos, no existe en ningún caso la arbitrariedad señalada por el recurrente puesto que la obligación de su implantación viene recogida en la normativa básica de agua. Además, su implantación fue precedida de un proceso de concertación, en el que participó el Canal de Isabel II. Aclaran que los estudios de valoración oferta-demanda de agua, elaborados para el horizonte 2027 revelan que el régimen de caudales ecológicos implantado no afecta a la garantía de las demandas de Madrid. Apostillan que la eliminación del régimen de caudales ambientales, tal y como solicita el recurso, conllevaría a una situación de ilegalidad y supondría efectos ambientales y/o socioeconómicos negativos graves, que, además, afectarían a todas las masas de agua de la cuenca.
Con respecto a la necesidad de autorización previa para realizar trasvases de agua entre embalses de distintos sistemas de explotación en la cuenca, la Confederación explica que es el plan hidrológico el que debe regular las conexiones entre diferentes sistemas de explotación dentro de un mismo ámbito territorial de planificación velando por el uso racional del agua en conjunto y no en base a específicos intereses de determinados usuarios.
En relación con las exigencias de depuración para las aguas residuales de forma previa a su vertido a cauce, apuntan que no corresponde establecer por el momento objetivos menos rigurosos, en tanto no se hayan adoptado todas las medidas posibles para llegar al alcance del buen estado de las masas de agua, recordando que hay de plazo hasta 2027. Niegan que implique costes desproporcionados, teniendo en cuenta las tarifas aplicadas en distintas demarcaciones hidrográficas y su peso en la economía de los hogares.