La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación de uno de las tres personas que fueron condenadas por un delito contra la salud pública a un año de prisión tras encontrarles 800 plantas de marihuana, con un peso de más de cinco kilos, que estaban cultivando en el interior de dos vivienda deshabitadas de Pedro Muñoz.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso La Tribuna, fue el Juzgado de instrucción número 3 de Alcázar de San Juan el que dictó el auto de entrada y registro en las viviendas en las que se intervinieron las plantas que los acusados tenían intención de distribuir a terceras personas. Habrían conseguido casi 40.000 euros en el mercado ilícito y se les encontraron varios ventiladores, focos, bidones de abono y una báscula de precisión, entre otros efectos. Además, en ambas viviendas se obtenía electricidad para el uso de los aparatos de cultismo mediante un enganche ilícito a la red eléctrica, causando a Naturgy un perjuicio que se cifró en más de 9.600 euros que la compañía reclamó.
Ahora, un año después, la Audiencia desestima su recurso de uno de los condenados al considerar la prueba de cargo suficiente, y al entender que en su declaración se limitó a negar que fuese el morador de la vivienda y que solo iba esporádicamente. Sin embargo, afirma la Audiencia que en la declaración del condenado que ahora recurre reconoció explícitamente que eran ellos los que cultivaban la marihuana y los agentes de la Guardia Civil que les investigaron detallaron "de forma pormenorizada" que la actuación fue en todo momento conjunta, es más, asevera, generalmente estaban los tres acusados en los pisos e incluso les observaron como en una ocasión transportaban las plantas de una de las viviendas en las que se cultivaba a otra en la que se secaban. "No fue algo esporádico, sino continuo en el tiempo y además, plenamente identificado el acusado como uno de los que participaron en el cultivo de la marihuana y el proceso de secado", concluye la Audiencia, que confirma la resolución, con declaración de costas procesales de la alzada.