Multa de cuatro ducados por la venta de vino

La Tribuna
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Los libros de actas del Pleno del Ayuntamiento recogen la creación de una comisión para velar por la seguridad de la romería en el siglo XIX

Multa de cuatro ducados por la venta de vino - Foto: Tomás Fernández de Moya

La romería en honor de la patrona de Bolaños de Calatrava, la Virgen del Monte, se ha caracterizado en los últimos años por la ausencia de incidentes de gravedad, pese a ser una celebración multitudinaria que congrega a alrededor de 25.000 personas en su santuario. Sin embargo, no siempre fue así. En los libros de actas del Pleno del Ayuntamiento bolañego, con fecha 22 de abril de 1831, se hace referencia al nombramiento de una comisión municipal que «evitase consecuencias desagradables».

La terminación de los festejos de la celebración de la romería, en el santuario, no solía ser tranquila ni pacífica, por lo que desde el Ayuntamiento de Bolaños se prepararon nombrando una comisión para poner orden. Ramón Martín ha reflejado en su obra La villa de Bolaños en el siglo XIX, con datos recopilados del Archivo Municipal, un decreto que hace referencia a que «se hace indispensable el nombramiento de un juez comisionado» para que, acompañado de un escribano y los dependientes del juzgado que tuviera por conveniente, «asista con precisión a dicha función, cuide de mantener el orden y tranquilidad, y evitar toda cuestión, prendiendo y castigando a cualquier persona que se haga criminal».

Acompañando a este decreto, un edicto en el que se prohibía para el día de la romería «la venta de vino, tanto al por menor como al por mayor, bajo la multa de cuatro ducados».

En los libros de actas del Pleno del Ayuntamiento se hace referencia a la patrona bolañega, en documentos que hacen mención, por ejemplo, a los regidores preparando la festividad, los actos del culto, el estado de la ermita, el nombramiento del santero o el traslado de la imagen al pueblo para hacerle rogativas, implorando por la lluvia para los campos. Un acta fechada el 27 de julio de 1880 recoge la expropiación definitiva, por el Estado, de los terrenos de la Dehesa de la Moheda que rodean al santuario.