El Supremo ratifica la sentencia en el asalto a una gestoría

M. E.
-

La Sala de lo Penal del órgano jurisdiccional no admite el recurso de casación elevado por la acusación particular y confirma la absolución del abogado y del propietario de la gestoría, acusados de haber sido los idearios de un intento de robo

Un momento del juicio celebrado en octubre de 2023. - Foto: Rueda Villaverde

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación elevado por la acusación particular y ha ratificado así la absolución del abogado Gonzalo Arribas y del gestor Manuel Muñoz, acusados en su día de haber sido los autores intelectuales del asalto e intento de robo de una mujer en una gestoría de la calle Alarcos de Ciudad Real. De esta forma, se pone fin a las vías de recursos en la justicia nacional emprendida por la acusación particular, que apeló el primer fallo absolutorio de la Audiencia Provincial a la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia, órgano que también desestimaba el recurso. Además, el Supremo ordena el pago de las cosas judiciales a la parte demandante, según ha informado a este periódico Gonzalo Arribas, que durante el juicio ejercía su propia defensa.

Los hechos fueron juzgados en octubre de 2023 en la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que condenaba a tres años de prisión a los ciudadanos colombianos Wilson Ferney Tamayo Torres y Saúl González Giraldo, autores confesos del asalto a una mujer e intento de robo en una gestoría en enero de 2020. Una sentencia que absolvía a los otros dos imputados en el proceso, el abogado Gonzalo Arribas y al propietario de la gestoría, Manuel Muñoz, autores intelectuales según sostenían las acusaciones.

En su sentencia, la Audiencia concluyó que de las pruebas aportadas por la investigación policial, en forma de imágenes de cámaras de seguridad en las calles aledañas, llamadas telefónicas entre los implicados y conversaciones de WhatsApp, así como los testimonios de los propios agentes durante el juicio oral, no resultaba posible «concluir la existencia de indicios de entidad suficiente» para poder considerar a Muñoz y Arribas como idearios del hecho delictivo.

El abogado Gonzalo Arribas (derecha) ejerció su propia defensa durante el juicio.El abogado Gonzalo Arribas (derecha) ejerció su propia defensa durante el juicio. - Foto: Rueda Villaverde

El Tribunal, presidido por la magistrada Pilar Astray, abundaba en que algunos de los hechos expuestos por las acusaciones constituían «meras conjeturas», mientras que otros no llevaban «unívocamente ni aisladamente ni en su conjunto» a lo que denomina la «sugestiva tesis de las acusaciones» de que Arribas y Muñoz planificaron el asalto a esta gestoría, con la finalidad de perpetrar un robo a una de sus clientas, la víctima, al conocer que iba a portar en ese momento una gran cantidad de dinero. Una sentencia absolutoria que recurrían la acusación particular y la Fiscalía a la instancia judicial regional, y que avala ahora también el Tribunal Supremo, en un recurso de casación que ya no ejercía el ministerio público.