Oretania rechaza la terminología ofensiva del Gobierno Milei

La Tribuna
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Oretania denuncia el lenguaje denigrante del Gobierno argentino sobre discapacidad y cuestiona el silencio de otras entidades

Oretania rechaza la terminología ofensiva del Gobierno Milei

Oretania Ciudad Real denuncia el intento del Gobierno argentino del presidente, Javier Milei, "de vilipendiar al colectivo de personas con discapacidad y se suma a todas las organizaciones argentinas y del resto del mundo en su repulsa ante el denigrante intento de calificar y dividir a las personas según su cociente intelectual".

La Agencia Nacional de Discapacidad argentina (ANDIS), dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de Javier Milei, se ha visto obligada a modificar la resolución por la cual calificaba a las personas con distintos grados de discapacidad intelectual como "idiotas, débiles mentales e imbéciles", que puede ser "profundo, moderado o leve". Una terminología que ha reconocido "como un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta".

Esta decisión, apunta Oretania, ha sido tomada tras las numerosas reacciones producidas entre la población, sobre todo, ante las reclamaciones presentadas por siete organizaciones argentinas de derechos humanos que representan a las personas con discapacidad, entre las que se encuentran la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). El pasado 3 de febrero se presentó un reclamo administrativo en el que solicitaron a la ANDIS la derogación urgente de la norma "por violar los derechos de las personas con discapacidad".

En el mes de enero, la ANDIS publicó una resolución en la que establece los parámetros con los que serán evaluados los individuos para que obtengan, o continúen percibiendo, un subsidio por discapacidad. En su anexo, se describen los niveles de desarrollo intelectual de los "retardos mentales".

Estos términos aparecen en el Anexo de la Resolución 187/2025 de la Agencia Nacional de Discapacidad que define los criterios médicos para medir la invalidez laboral, un requisito dispuesto desde el mes de septiembre de 2024, por el Decreto 843/2024, para aquellos que perciben pensiones no contributivas.

Según el comunicado emitido por el organismo el pasado jueves, la Resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales.

Se trata de una cuestión que trasciende las fronteras internacionales por lo que en el ámbito nacional, se considera la falta de reacciones contundentes por parte de otras organizaciones españolas que velan por los derechos de las personas con discapacidad como podría ser el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad de Castilla-La Mancha (CERMI CLM).