La sección segunda de la Audiencia Provincial ha considerado culpables de un delito de odio por razón de orientación sexual a un matrimonio de Pedro Muñoz, acusado de vejar a su vecina transexual, al que le impone una pena de un año de prisión para el marido, y de seis meses de prisión para su mujer. Sin embargo, les absuelve del otro delito por el que estaban investigados, el de acoso, como así pedía la acusación particular.
Además, se les impone una multa de 8 y 6 meses respectivamente, con 10 euros de cuota diaria y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por plazo de 5 años al acusado y de 4 años a la acusada.
Asimismo, se condena a los acusados a que conjunta y solidariamente, por vía de responsabilidad civil, procedan a indemnizar a la víctima con 6.000 euros.
menospreciar y humillar. En la sentencia, a la que ha tenido acceso La Tribuna, se considera probado que los acusados, de iniciales J. A. M. A. y M. R. M. O., en los meses previos a septiembre de 2020 y nuevamente a partir del mes de noviembre de 2021, «con la finalidad de menospreciar, humillar y atentar contra la dignidad personal» de la denunciante, menor de edad, que se encontraba en tales fechas protagonizando un proceso de transformación de su identidad sexual hacia el sexo femenino, «vinieron en la vía pública desde la puerta de su domicilio o ventana, de manera constante y habitual, a proferir contra dicha menor frases tales como maricón, tonto, gilipollas, hijo de puta, que eres un tío con peluca y no vas a ser nunca una mujer, loco ve al psiquiatra, te voy a inflar a hostias, te quiero ver muerto y entenado, os voy a meter en la cárcel por transexuales, me dais asco, eres un tío que tienes huevos». Tales hechos vinieron a ser cometidos en la mayoría de las ocasiones por el acusado, protagonizándolos la acusada en algunas ocasiones. Como consecuencia de tales hechos, la víctima ha venido sufriendo cuadros de ansiedad, con necesidad de tratamiento farmacológico, pendiente de valoración por la Unidad de Salud Mental.
Este matrimonio se enfrentaba a penas de más de tres años de prisión y una indemnización a la víctima de hasta 15.000 euros.