La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado el recurso de apelación interpuesto por una paciente del hospital de Ciudad Real a la que el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha tendrá que indemnizar ahora con una cantidad de 559.000 euros como consecuencia de una deficiente asistencia sanitaria que ha provocado la incapacidad para realizar cualquier trabajo o actividad profesional de la mujer.
Según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso La Tribuna, la paciente, una mujer de 31 años, empezó a sufrir, en 2014, un fuerte dolor lumbar que fue empeorando con el tiempo. Su historia clínica incluye visitas al servicio de Reumatología, a la Unidad de Dolor, al servicio de Neurocirugía, a Rehabilitación e incluso a Psiquiatría, con multitud de pruebas practicadas como resonancias magnéticas nucleares, gammagrafías o electromiogramas para tratar de determinar el motivo de ese dolor, compatible inicialmente con una lumbociática izquierda, que no mejoró con los múltiples tratamientos instaurados y que empeoró «claramente», según recoge el informe de Reumatología, a raíz de la realización de un REC, un catéter epidural caudal.
La sala del TSJ indica que la apelante se ha sujetado «a un calvario médico, se ha sometido a tratamientos y a la realización de la REC, a la ingesta de múltiple medicación, que ha sido revisada por distintos servicios hospitalarios, presentando siempre el mismo cuadro, y que estos han avalado en todo momento la realidad de un dolor y una limitación funcional que le impedía ponerse de pie y caminar».
La conclusión que extrae el TSJ es que la realización del catéter deparó a la paciente «unas consecuencias dañosas no descritas en el consentimiento informado dada la falta de previsibilidad de dichas consecuencias» e incluso se toma como referencia la reflexión del Consejo Consultivo en el informe que redactó y en el que señalaba que fue un hecho admitido que tras la realización del REC se produjo una complicación, «pero médicamente se desconoce la causa que la motivó», provocando perjuicios a la paciente que se cifran en una responsabilidad patrimonial para el Sescam de 559.360 euros.