Fijan para el 1 de octubre la revisión de la pena de Lomas

Hilario L. Muñoz
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El Tribunal Superior de Justicia estudiará el recurso presentado por la defensa del octogenario, condenado por un delito de homicidio con dolo, a una pena de seis años y tres meses de prisión por matar de dos disparos a un intruso en su casa

Fijan para el 1 de octubre la revisión de la pena de Lomas - Foto: Fotos Rueda Villaverde

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha fijado para el próximo 1 de octubre la vista de apelación para revisar la condena de José Lomas, el octogenario condenado a seis años y tres meses de prisión por matar de dos disparos a un intruso que había entrado en su casa de campo, ubicada en el parque forestal de La Atalaya. 

La defensa había anunciado su intención de plantear un recurso a esa condena, realizada de conformidad con el veredicto del jurado popular, y que le condenó por un delito de homicidio con dolo eventual con la concurrencia de la eximente incompleta de alteración psíquica y la atenuante simple de confesión.

De este modo, pide en su recurso al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha lo ya anunciado, por una parte, la absolución de Lomas del delito de homicidio, y, en caso de que no fuera posible, una reducción de un grado más en la pena, lo que conllevaría una disminución de la condena. Esta reducción del grado implicaría que Lomas no tuviera que ingresar a prisión, en ningún momento, por el tiempo ya cumplido desde que se cometieron los hechos y hasta que fue puesto en libertad, meses después del homicidio, ocurrido en la noche de Pandorga de 2021.

Lomas no irá a la cárcel hasta que la sentencia sea firmeLomas no irá a la cárcel hasta que la sentencia sea firme - Foto: Rueda Villaverde

En este sentido, José Lomas se encuentra, ahora mismo, en libertad, a la espera de que se resuelvan los recursos al fallo del tribunal del jurado. La defensa ya avanzó en un comunicado hace unas semanas que, en caso, de no estar de acuerdo con el fallo en apelación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, no descartan acudir al Tribunal Supremo.

SENTENCIA

En la sentencia de abril pasado se recogen como hechos probados, conforme al veredicto emitido por el jurado, que sobre las 2.00 horas de la noche del día 1 de agosto de 2021, el librero se despertó cuando estaba durmiendo y después de desayunar, cogió su linterna y salió de paseo a ver los riegos. Al salir advirtió que la cortina de tiras de la puerta tenía un nudo, que él no había puesto, y se dirigió a la puerta del cocherón observando que la caja de control del riego estaba destrozada. Ante ello, y como quiera que la tarde anterior había sorprendido a un extraño en el interior de su finca, regresó al dormitorio de donde cogió una escopeta y con ella salió de la vivienda. 

A unos 15 metros de distancia, observó que en las inmediaciones del cuarto de herramientas había una persona que resultó ser el fallecido, con antecedentes penales y policiales, quien portaba en sus manos una motosierra apagada con la intención de sustraerla. De inmediato, el librero se dirigió directamente hacia el intruso apuntando en todo momento con la escopeta hacia él, y, cuando se encontraba de este a una distancia de entre 5 y 10 metros, disparó, causando la muerte, sin querer directamente ese resultado, pero presentándose como probable o posible que podía perderla, aceptando esto de antemano. Acto seguido y caminando hacia el intruso efectuó un segundo disparo por la espalda que impactó en cara posterior de tórax ocasionándole heridas también mortales.