El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Manzanares ha eximido del pago de una deuda de cerca de 70.000 euros a un jubilado que, a pesar de percibir una pensión de más de 1.500 euros, terminó en un estado de insolvencia por ayudar económicamente a algunos familiares. La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha conseguido que perdonen la totalidad de sus deudas -69.746 euros- a este jubilado aplicando la llamada Ley de la Segunda Oportunidad.
En una nota de prensa, la Asociación de Ayuda al Endeudamiento explica que tener en el presente unos ingresos estables no te exime de atravesar una situación económica delicada en el futuro. Este jubilado cobra una pensión de más de 1.500 euros mensuales, gracias a lo cual gozaba de cierta capacidad de endeudamiento hace cinco años. "Fue entonces cuando, con esa facilidad, decidió solicitar algunos créditos para ayudar a familiares que necesitaban liquidez. Pese a parecer buena idea, poco tiempo bastó para darse cuenta de las consecuencias: la situación de sus allegados no mejoraba y las cuotas impagadas empezaban a ser reclamadas a él", relata.
El esfuerzo por compensar la totalidad de las cuotas fue en vano, dada la imposibilidad de compaginarlo con sus gastos familiares. Entró entonces en una vorágine de constantes reclamaciones, amenazas y llamadas de recobro, lo cual ya no solo afectaba a su economía, sino también a su salud. El estrés generado por las llamadas de recobro sumado al miedo de que embargaran su pensión le llevó a investigar sobre la Ley de la Segunda Oportunidad, y fue ahí cuando solicitó asesoramiento a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Tras estudiar el caso en detalle, los abogados le confirmaron que "daba el perfil para acogerse al procedimiento de cancelación de deudas".
Fran Bautista, uno de los abogados, explica que, en estos casos, "lo primero a valorar es si la persona es insolvente, es decir, no puede pagar sus créditos contratados". "Aunque mucha gente pueda pensar que no puede ser insolvente por cobrar una pensión de más de 1.500 euros, este cliente en concreto era insolvente, ya que el monto total a devolver era incompatible con sus gastos personales y familiares básicos", apostilla.
La primera actuación llevada a cabo por la Asociación fue comunicar en el Juzgado de Manzanares la situación de insolvencia del deudor. Con ello dio comienzo un periodo de negociación conjunta con todos los acreedores y le permitió la paralización de los pagos y la protección de la interesada ante cualquier intento de ejecución. "Este trámite era crucial y obligatorio hasta el 26 de septiembre de 2022, ya que con la nueva reforma, el acuerdo extrajudicial ha sido eliminado del proceso", enfatiza.
Este jubilado intentó el convenio y certificó notarialmente que se trataba de un deudor de buena fe. "Esto se traduce en que el solicitante gana el derecho a ser perdonado del 100% de sus créditos pendientes si solicita su concurso de acreedores", apunta Bautista.
Dicho concurso fue pedido inmediatamente por los abogados al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Manzanares. Una vez revisada la insolvencia y la buena fe del solicitante, se dictó la resolución definitiva concediendo el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, lo que ha supuesto dejar a este deudor libre de los 69.746 euros que debía.
"Esta sentencia deja sin posibilidades de cobrar absolutamente nada a los acreedores del asociado y permite al ya exdeudor ser excluido de cualquier fichero de morosidad", afirma la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, para informar de que ya son más de 120 las exoneraciones que han tramitado en 2022.